En este momento estás viendo Cambios fiscales que afectan a las pymes y autónomos en 2020

Cambios fiscales que afectan a las pymes y autónomos en 2020

  • Tiempo de lectura:9 minutos de lectura
  • Categoría de la entrada:Fiscal / IVA

El año fiscal 2020 ha comenzado con novedades para los autónomos y las pequeñas y medianas empresas. Las más significativas afectan al Modelo 303 del IVA (Autoliquidación) y a los libros contables del autónomo. Todas las medidas que se van a van aplicar durante el presente ejercicio forman parte del Plan Estratégico de la Agencia Tributaria 2019-2022, que tiene como objetivo avanzar hacia un nuevo modelo de asistencia integral y control que mejore el cumplimiento voluntario de las obligaciones impositivas.

Para reforzar la ayuda a los contribuyentes, la Hacienda Foral de Bizkaia implantará en 2021 ‘Batuz’, un sistema de control integral de la tributación de las actividades económicas. A través de esta herramienta, pymes y autónomos podrán transmitir a Hacienda la información tributaria (ingresos, gastos e IVA soportado y repercutido) de su actividad. Posteriormente, con estos datos la agencia tributaria foral confeccionará a sus remitentes una propuesta para sus declaraciones de IRPF, Impuesto sobre Sociedades e IVA.

Nuevo borrador de IVA

Una de las novedades fiscales más relevantes afecta a la declaración del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA)En el mes de febrero, comenzó a funcionar el nuevo borrador del Modelo 303, aunque en periodo de prueba y solo entre los autónomos acogidos al sistema de Suministro Inmediato de Información (SII) y con un volumen de operaciones inferior a los 6 millones de euros. Este formulario, que se cumplimenta cada tres meses, funcionará de manera similar al borrador de la Declaración de la Renta. El Departamento de Hacienda y Finanzas de la Diputación Foral de Bizkaia lo enviará a los contribuyentes para que revisen la autoliquidación del IVA y la presenten vía online, si los datos son correctos.

Hacienda tiene previsto llevar a cabo una estrategia similar de cesión de datos fiscales al contribuyente durante la campaña anual del Impuesto de Sociedades. En Euskadi, este tributo fue reformado en 2018 con distintas medidas, como la reducción de tipos nominales para las microempresas con menos de 2 millones de facturación o activo y menos de 10 personas empleadas. Esta rebaja se proyectó de manera escalonada en dos ejercicios, 2018 y 2019. Desde el año pasado, el tipo general ha quedado fijado en el 24%, el de las pymes en el 20% y el de las microempresas en el 18%.

Actualización de los modelos tributarios

Un buen número de las novedades implementadas por Hacienda en el presente ejercicio afectan a distintos modelos tributarios. La más destacable se centra en los libros contables del autónomo y afecta principalmente a aquellos que estén acogidos al régimen de IRPF de estimación directa simplificada. A partir de este año, deberán añadir el Número de Identificación Fiscal (NIF) de la contraparte en cualquier operación que realicen. Se debe anotar tanto en los libros de registro de ventas, como en el de ingresos y en el de compras y gastos. Los autónomos que gestionen su contabilidad conforme al Código de Comercio están exentos de esta obligación, aunque deberán identificar al destinatario de sus facturas simplificadas inscribiéndolo en un asiento del resumen diario. El fin de esta medida es homogeneizar las obligaciones en la gestión contable del autónomo.

Las nuevas directrices de la Agencia Tributaria afectan, igualmente, al libro de registro de IVA, aunque se centran solo en el diseño de su formato.

A partir de este año, los modelos 190, 347 y 390 deberán presentarse, únicamente, a través de formulario de ayuda o fichero. Desaparece la opción de entrega a través de SMS.

Por su parte, el 11 de noviembre entrará en funcionamiento el nuevo modelo de formulario y fichero XSD del modelo 231 “Información País por País”. También se ha aprobado un nuevo impreso del modelo 2P35 ‘Declaración de información de actualización de determinados mecanismos transfronterizos comercializables’. Comenzará a utilizarse en el mes de octubre.

Otro modelo que ha sido modificado es el 318 ‘Regularización de las proporciones de tributación de los periodos de liquidación anteriores al inicio de la realización habitual de entregas de bienes o prestaciones de servicio’ (se presenta del 1 al 30 de enero). Por su parte, la declaración anual del modelo 349 ya no se presentará a partir de 2021. Es decir, la correspondiente al ejercicio 2020, para presentar el próximo año, ya no será necesario realizarla.

Como vemos, se han implantado o están a punto de implantarse, novedades fiscales que afectan tanto a pymes como autónomos. Nuestro equipo de profesionales de ig! TAX & LEGAL CONSULTING podrán solventar cualquier duda que se pueda plantear sobre este tema.

Empresas comunitarias

La salida de Reino Unido de la Unión Europea (UE) conllevará cambios fiscales para las empresas comunitarias. Comenzarán a aplicarse el 1 de enero de 2021, una vez concluya el periodo transitorio para hacer completamente efectivo su abandono de la condición de estado miembro. Cuando ello ocurra, los autónomos y pymes que mantengan relaciones comerciales con Reino Unido deberán aplicar el sistema fiscal reservado a países no miembros y solicitar un número de registro e identificación (número EORI), válido en toda la UE.

Los flujos de mercancías entre España y Reino Unido estarán sujetos a formalidades aduaneras que, incluyen la presentación de una declaración de importación/exportación o vinculación a otro régimen aduanero para cada envío, la realización de controles en aduanas, el pago de derechos arancelarios y otros gravámenes que se devenguen a la introducción o la necesidad de obtener certificaciones sanitarias, fitosanitarias, de calidad o de otro tipo para poder disponer de las mercancías.

La introducción y/o envío de mercancías desde Península, Baleares o Canarias a Reino Unido requerirá la presentación de una declaración en aduana normal. En función del tipo y volumen de tráfico, puede resultar conveniente optar por alguno de los procedimientos simplificados de declaración previstos en la normativa aduanera, según informa el Departamento de Aduanas e Impuestos Especiales de la Agencia Tributaria.

Posibles nuevos cambios fiscales

El Programa de estabilidad 2019-2022 que el Gobierno en funciones remitió a la Comisión Europea en abril de 2019 contemplaba otra serie de medidas fiscales que podrían implementarse a lo largo de este 2020:

– Incremento del IRPF a las rentas altas. Se contempla subir en dos puntos sobre la base general a aquellas rentas de capital superiores a 130.000 euros anuales. Si superan los 300.000 euros, el incremento sería de cuatro puntos.

– Rebaja del límite de pago en efectivo entre profesionales. La cuantía máxima pasaría a ser de 1.000 euros, desde los actuales 2.500 euros.

– Entrada en vigor de la tasa Google, que gravaría con un canon del 3% los servicios de publicidad digital. Solo afectaría a las grandes empresas.

– Impuestos medioambientales. Se prevé una equiparación de los tipos impositivos de la gasolina y el diésel.