Si firmaste una hipoteca con anterioridad al 16 de junio de 2019 y tuviste que soportar gastos relacionados con ella… sigue leyendo, esto te interesa.
Aunque la hipoteca ya esté cancelada, tienes también derecho a la devolución de los gastos soportados.
SENTENCIA
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha dado un balón de oxígeno a las personas que deseen reclamar los gastos hipotecarios soportados. La Sentencia del TJUE dictamina que el plazo de prescripción para ejercitar la acción comienza cuando el consumidor conoce el carácter abusivo de su cláusula, es decir, cuando obtiene sentencia firme.
¿QUIÉNES PUEDEN RECLAMAR?
Todos aquellos que firmaron una hipoteca con su banco antes de la Ley hipotecaria de 2019 y tuvieron que hacer frente a la factura del notario, gestoría, registro y tasación. Hipotecas firmadas después de junio de 2019: los bancos asumen los gastos de notaría y de inscripción en el registro de la propiedad y los de la gestoría. Por su parte, el consumidor debe afrontar los gastos de tasación del inmueble y las copias de escritura.
¿QUÉ GASTOS PUEDEN RECLAMARSE?
- 100% de los honorarios de gestoría
- Hasta el 50% de los gastos notariales
- 100% de los gastos del Registro de la Propiedad
- Impuesto de actos jurídicos documentados (AJD)
- 100% de los gastos de tasación de la vivienda
¿NECESITAS GESTIONAR LA RECLAMACIÓN DE LOS GASTOS HIPOTECARIOS?
Nuestro equipo te ayuda. Consulta con nuestro departamento fiscal de IG! TAX & LEGAL CONSULTING.